Legionella Sevilla figura en la web del Ilustre Colegio Oficial de Dentistas de Sevilla como empresa de referencia indicada, especializada en exclusiva en clínicas odontológicas en Sevilla, Huelva y Cádiz.
Servicio especializado de prevención y control de Legionella para clínicas dentales: diagnóstico, PPCL/PSL, tratamiento, analíticas en laboratorio acreditado ENAC, certificados y documentación lista para inspección, conforme al RD 487/2022.
Empresa recomendada por el Colegio Oficial de Dentistas de Sevilla
El Real Decreto 487/2022, que ha sido modificado y actualizado por el reciente Real Decreto 614/2024, es claro: el titular de una instalación que utiliza agua y produce o puede producir aerosoles está obligado a controlar y prevenir la Legionella. Una clínica dental cumple esa definición.
El artículo 7 del RD 487/2022 establece que el titular de una instalación susceptible de proliferación de Legionella está obligado a controlarla y prevenirla, elaborando para ello un PPCL o un PSL. Esta obligación recae directamente sobre el propietario o responsable de la clínica.
El Plan de Prevención y Control de Legionella debe incluir diagnóstico inicial de la instalación, programa de mantenimiento y revisión, programa de tratamiento, programa de muestreo y análisis del agua, programa de formación del personal y documentación y registros actualizados.
El artículo 9 regula el Plan Sanitario frente a Legionella, basado en evaluación del riesgo. Para instalaciones sanitarias como clínicas dentales, la autoridad competente puede recomendar o exigir la modalidad PSL, más exigente que el PPCL básico.
El personal del establecimiento que realice operaciones menores de control (medición de temperatura, pH, biocida) debe estar formado y certificado conforme a lo establecido en la normativa de formación aplicable.
El Anexo I del RD 487/2022 incluye expresamente las «instalaciones de uso sanitario/terapéutico: sistemas de agua a presión en tratamientos dentales». Referencia: Real Decreto 487/2022, de 21 de junio (BOE-A-2022-10297), modificado por el RD 614/2024 (BOE-A-2024-13422).
El Real Decreto 487/2022 ha sido modificado y actualizado por el reciente Real Decreto 614/2024. Esta normativa identifica como responsable legal del cumplimiento de las medidas sanitarias —y punible en caso de infracción— tanto al titular de la instalación como al explotador de la misma. La normativa actualizada ha redefinido estas figuras para evitar vacíos legales, distribuyendo la responsabilidad de la siguiente manera:

Persona física o jurídica propietaria de la instalación, local o edificio. Es el responsable último de que la infraestructura cumpla con los requisitos técnicos.

Persona física o jurídica que gestiona, explota o mantiene efectivamente la instalación. Incluye a empresas de mantenimiento externo, gestores de servicios o inquilinos con control directo sobre las instalaciones de agua.
Los sistemas de agua a presión de los sillones generan aerosoles en el interior de la boca del paciente durante los tratamientos. Esos aerosoles pueden contener Legionella y permanecer suspendidos en el aire de la consulta. Es un vector de exposición distinto al de una ducha convencional.
A diferencia de una instalación de agua convencional, cada sillón odontológico es un circuito cerrado de agua a presión con conductos muy estrechos, baja circulación y temperaturas templadas: justo las condiciones que favorecen la formación de biofilm y la proliferación de Legionella. Por eso el riesgo no está solo en el agua de red, sino dentro del propio equipo, en componentes que no se ven y que requieren un control técnico específico.

Turbinas, jeringa aire-agua y escupidera generan aerosoles durante el tratamiento que pueden contener Legionella y permanecer suspendidos en el aire de la consulta, con exposición directa de paciente y personal.

Cada sillón integra depósito, conducciones internas y varios puntos terminales. Al tratarse de conductos estrechos y de uso intermitente, se favorece el estancamiento del agua y la aparición de biofilm en su interior.

El acceso a calderín, latiguillos y válvulas exige una intervención técnica específica. La desinfección y el control del nivel de biocida deben realizarse sobre el propio circuito interno del sillón, no solo en los grifos.

Bajo la carcasa se concentran tuberías, válvulas antirretorno y conexiones donde se acumula el biofilm. Son puntos críticos que no se ven a simple vista, pero que la inspección sanitaria sí tiene en cuenta.
La «Guía Práctica para la Implantación del Autocontrol frente a Legionella en Sistemas de Agua a Presión en Tratamientos Dentales», elaborada por la Conselleria de Sanitat (Generalitat Valenciana, 2024) en colaboración con el Consejo Valenciano de Colegios de Odontólogos, confirma que cada sillón odontológico puede considerarse un punto terminal del circuito de agua. El programa de muestreo debe tomar al menos una muestra anual de un sillón de forma rotatoria. Es la referencia práctica más completa disponible para la implantación del PPCL y PSL en clínicas dentales conforme al RD 487/2022.
Obligaciones, plazos y consecuencias del incumplimiento según el RD 487/2022, el RD 614/2024 y la UNE 100030:2023.
Medidas que deben adoptarse en función del resultado de la analítica de Legionella spp., conforme al anexo del RD 487/2022 y a la Guía de la Conselleria de Sanitat (2024) para clínicas dentales.
| Recuento (UFC/L) | Medidas a adoptar |
|---|---|
| No detección o < 100 | Mantener los programas actuales de mantenimiento, tratamiento y muestreo. |
| ≥ 100 y < 1.000 | Revisar el programa de mantenimiento/revisión y el de tratamiento para establecer acciones correctoras que disminuyan la concentración. Realizar una nueva toma de muestra (15-30 días tras la limpieza y desinfección). |
| ≥ 1.000 y < 10.000 | Acciones correctoras, limpieza y desinfección del tramo y puntos terminales implicados, y nueva muestra de control transcurrido el plazo establecido. |
| ≥ 10.000 | Limpiar y desinfectar antes de reiniciar el servicio y realizar una nueva toma de muestra de comprobación. |
Fuente: Real Decreto 487/2022 (acciones en función del recuento de Legionella spp.) y Guía Práctica de la Conselleria de Sanitat 2024. UFC/L = Unidades Formadoras de Colonias por litro de agua. La frecuencia mínima de muestreo en clínicas dentales es anual, tomando una muestra de un sillón de forma rotatoria (cada sillón se considera un punto terminal), con control mensual de pH, temperatura y biocida.
El incumplimiento de los requisitos del RD 487/2022 no es una cuestión menor. El régimen sancionador clasifica las infracciones en tres niveles, con consecuencias progresivas para el titular de la instalación.
Irregularidades sin trascendencia directa para la salud pública o con incidencia escasa.
Hasta 3.000 €Ausencia de PPCL, carencia de registros preceptivos, falta de implementación de planes, incumplimiento de programas de mantenimiento o personal sin formación.
Multa de 3.001 € a 60.000 €Incumplimiento reiterado de requerimientos, daño grave a la salud pública o resistencia a la inspección. Puede conllevar el cierre temporal del establecimiento (hasta 5 años).
60.001 € a 600.000 € (hasta el quíntuplo del valor)Cuantías conforme al artículo 58 de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública (régimen sancionador al que remite el RD 487/2022). Para las infracciones muy graves, la autoridad competente puede acordar además el cierre temporal del establecimiento por un plazo máximo de cinco años.
Además de las sanciones económicas, la autoridad sanitaria puede adoptar la clausura temporal o definitiva de la instalación si concluye que existe riesgo para la salud pública. Lo más relevante para una clínica dental es que la autoridad sanitaria puede solicitar en cualquier momento la documentación del PPCL: si no está actualizada o no se puede demostrar que se han adoptado medidas preventivas reales, las consecuencias son inmediatas.
Muchas clínicas dentales solo revisan la Legionella cuando reciben un requerimiento, una inspección o una advertencia administrativa. El problema es que, llegado ese momento, la clínica debe demostrar que ya tenía implantadas medidas de prevención, no que empieza a adoptarlas.
La autoridad sanitaria puede revisar la documentación del PPCL, inspeccionar la instalación, tomar muestras de agua y dictar las medidas correctoras que considere necesarias. Sin documentación previa, la clínica no tiene nada que presentar.
La prevención es más económica, más sencilla y más defendible que actuar bajo presión de un requerimiento sanitario. Y permite a la clínica trabajar con la tranquilidad de tener los controles al día.
No realizamos una actuación aislada y un certificado. Implantamos un sistema preventivo, técnico y documental que la clínica puede mantener y que responde a los requisitos del RD 487/2022.
Revisión de la instalación completa: agua fría sanitaria, agua caliente sanitaria si existe, sillones odontológicos, líneas de agua dental, puntos terminales y equipos con posible emisión de aerosoles.
Elaboración del Plan de Prevención y Control de Legionella o Plan Sanitario frente a Legionella conforme al RD 487/2022, específico para la instalación de la clínica y no una plantilla genérica.
Programa de mantenimiento y revisión con la periodicidad mínima del Anexo IV del RD 487/2022: revisión de puntos terminales, purgas, temperatura y estado general.
Tratamiento higiénico-sanitario de la red de agua con biocidas autorizados. Hipercloración con protocolo documentado y emisión del certificado correspondiente al Anexo X.
Diseño del plan de muestreo, toma de muestras y gestión de analíticas en laboratorios acreditados por ENAC para Legionella y demás parámetros. Gestión de resultados y medidas correctoras si procede.
Adaptamos el diagnóstico y la documentación a la realidad de cada clínica. No aplicamos la misma solución a un gabinete unipersonal que a una clínica con cinco sillones.



Una actuación sin documentación no existe para la autoridad sanitaria. El RD 487/2022 exige que las operaciones queden registradas, que los resultados estén disponibles y que la documentación se conserve durante al menos cinco años.
Nuestra entrega no es un papel suelto, sino una carpeta documental organizada, fechada y trazable desde el primer tratamiento.
De la visita inicial a la documentación final, pasando por diagnóstico, tratamiento, analíticas y certificados. Todo el proceso con un único proveedor.
No toda clínica dental necesita lo mismo. La intervención se adapta a si la clínica parte de cero, ya tiene algo hecho pero desactualizado, o necesita respuesta urgente por un requerimiento sanitario.
Trabajamos con los criterios técnicos más actualizados, incluyendo la Guía Práctica de la Conselleria de Sanitat (2024) para la implantación del PPCL y PSL en sistemas de agua a presión en tratamientos dentales, elaborada junto a los Colegios Oficiales de Odontólogos.
Los tratamientos de limpieza y desinfección se realizan con biocidas autorizados y registrados —biocidas TP2 de uso hospitalario o TP5 para agua potable según el circuito de la clínica—, por personal con la capacitación exigida. Los certificados emitidos se ajustan al modelo del Anexo X del RD 487/2022.
Las analíticas se gestionan a través de laboratorios externos acreditados por ENAC para la determinación de Legionella spp. mediante cultivo, conforme a la norma UNE-EN ISO 11731:2017.
Identificación de la empresa — Tel:611 65 61 45


El servicio se presta bajo dirección técnica cualificada en sanidad ambiental y control de Legionella.
Dirección técnica en sanidad ambiental y prevención y control de Legionella.

Cubrimos toda la provincia de Sevilla y prestamos servicio de control de Legionella para clínicas dentales también en las provincias de Huelva y Cádiz. Desde Sevilla capital y el Aljarafe hasta el resto de municipios de las tres provincias. Si su clínica está fuera de esta zona, consúltenos.
En el Aljarafe destacan municipios con alta densidad de clínicas odontológicas como Mairena del Aljarafe, San Juan de Aznalfarache, Tomares, Coria del Río, Castilleja de la Cuesta, Bormujos, Espartinas, Gines, Palomares del Río, Umbrete, Sanlúcar la Mayor y Olivares, entre otros. En la comarca del Aljarafe tenemos presencia consolidada y tiempos de respuesta reducidos, y atendemos igualmente Huelva, Cádiz y sus principales núcleos (Jerez de la Frontera, El Puerto de Santa María, Algeciras).
Las clínicas dentales deben valorar el riesgo asociado a sus instalaciones de agua y a los equipos que pueden generar aerosoles. El RD 487/2022 incluye expresamente los sistemas de agua a presión en tratamientos dentales en su Anexo I. El titular está obligado a adoptar medidas preventivas, disponer de plan vigente y mantener registros actualizados.
La autoridad sanitaria puede solicitar el PPCL, los registros de mantenimiento, los registros de limpiezas y desinfecciones, certificados de los tratamientos realizados, resultados analíticos, la identificación de los puntos de riesgo y evidencia documental de que la clínica ha realizado controles preventivos reales.
Sí, en la práctica totalidad de las clínicas dentales. La guía oficial de la Conselleria de Sanitat (2024) establece que la frecuencia mínima es anual para Legionella spp., tomando una muestra de un sillón de forma rotatoria (ya que cada sillón se considera un punto terminal). También se exige control mensual de pH, temperatura y biocida. Las muestras para Legionella deben analizarse en laboratorios acreditados por ENAC.
El PPCL (Plan de Prevención y Control de Legionella) es el documento de partida obligatorio para toda instalación sujeta al RD 487/2022. El PSL (Plan Sanitario frente a Legionella) es una modalidad avanzada basada en evaluación específica del riesgo, recomendada preferentemente para instalaciones prioritarias como centros sanitarios.
Los sistemas de agua a presión de los sillones generan aerosoles en el interior de la boca del paciente durante los tratamientos. Esos aerosoles pueden contener la bacteria Legionella y permanecer suspendidos en el aire de la consulta, siendo inhalados por pacientes y personal. Es un vector de exposición diferente al de una ducha convencional.
No. La empresa debe estar inscrita en el ROESBA y el personal que realice los tratamientos debe contar con la capacitación exigida por el RD 487/2022. Además, en clínicas dentales es importante que la empresa conozca la actividad odontológica y sepa documentar correctamente. Nuestro servicio cumple estos requisitos.
La clínica recibe diagnóstico técnico, PPCL o PSL, programas de mantenimiento y desinfección, certificado de actuación conforme al Anexo X del RD 487/2022, registros, resultados analíticos si se realizan, recomendaciones sanitarias y carpeta documental organizada.
El coste depende del número de sillones, la existencia de ACS, si hay depósito de agua destilada y el estado de la documentación existente. El servicio cubre desde la visita técnica hasta la carpeta documental completa. Solicite presupuesto sin compromiso indicando número de sillones, localidad y si dispone actualmente de PPCL.
Según las instrucciones del Ministerio de Sanidad y la Guía de la Conselleria de Sanitat (2024), en clínicas dentales se pueden usar biocidas TP2 (desinfectantes de uso hospitalario) registrados conforme al Reglamento 528/2012 en el Registro de Biocidas de la AEMPS, o biocidas TP5 (desinfectantes de agua potable) si el agua proviene directamente de red. Para el instrumental en contacto con el paciente se aplican desinfectantes conformes al RD 1591/2009 de productos sanitarios.
La recomendación es actuar cuanto antes. Realizamos una visita técnica inicial, identificamos los puntos de riesgo y elaboramos la documentación preventiva necesaria desde el principio. El punto de partida sin documentación previa es corregible; el problema es cuando llega una inspección sin haber actuado. La Disposición Transitoria 5.ª del RD 487/2022 estableció el 1 de julio de 2025 como plazo máximo para actualizar los planes existentes a los nuevos requisitos.
Cubrimos Sevilla capital, el Aljarafe y toda la provincia de Sevilla, así como las provincias de Huelva y Cádiz (incluidos núcleos como Jerez de la Frontera, El Puerto de Santa María y Algeciras). Para localidades fuera de esta zona, consúltenos disponibilidad y condiciones.
Solicite una revisión técnica de su clínica odontológica. Analizamos sus sillones dentales, instalación de agua y documentación existente, y le indicamos qué medidas son necesarias. Sin compromiso previo.
Indíquenos número de sillones, localidad, si dispone de ACS y si tiene documentación actual de Legionella. Le responderemos en el mismo día en horario laboral.
Empresa recomendada por el Colegio Oficial de Dentistas de Sevilla
Marco legal y técnico aplicable al control de la Legionella en clínicas dentales. Documentos oficiales de consulta.
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